Una semillas, sol y agua, mezclar estos tres elementos podrían acabar con tu libertad o con el bolsillo magullado. En los últimos cuatro años se ha incrementado exponencialmente el número de plantas intervenidas en España, superando en este periodo el 300%. Sólo en el último año fue del 90% (Datos ministerio Interior), dejándonos un balance de 724.611 plantas incautadas y 21.138 Kg intervenidos en 2016 por la fuerzas de Seguridad. Datos que prevalecerán en auge este 2017, ya que como es habitual para esta época del año, los medios de comunicación publican diariamente intervenciones realizadas por la fuerzas de seguridad, desarrollando planteamientos característicos, cargados de imprecisiones y sensacionalismos, que actúan más como mecanismo disuasorio que informativo. Pocas veces podemos encontrar fuente de información que no propongan de policías o judiciales, o ver públicas las absoluciones de las personas cultivadoras afectadas por esas intervenciones.
Absoluciones, que se producen al acreditarse que el cannabis intervenido no estaban destinado a la venta o terceras personas, recientemente podemos destacar la producida en el juzgado de Canarias, que dicto la absolución de dos Cultivadores, que se enfrentaban a penas de cuatro años de cárcel, por la incautación de 22 kilos de Cannabis. La jueza, destacó que examinadas las dos partidas por separado, no es irrazonable pensar que esas cantidades corresponden a un consumo propio (el primer procesado alegó consumir 20 gramos diarios y el segundo, 10 gramos). Son mayoría las sentencias del Tribunal Supremo que reiteran que no hay delito en el cultivo si no se acredita que está destinado a terceros o que exista la posibilidad de que terceros puedan acceder a ello, quedando fuera del Código Penal en la medida en que el producto cultivado se destine única y exclusivamente al consumo del cultivador
El autoabastecimiento, que reconocemos como la producción y el almacenamiento, vuelve a encontrarse (como denunciemos en #MariaSinMordaza) con la arbitrariedad de los criterios jurisprudenciales empleados en la aplicación del artículo 368 del Código Penal en relación con la realización de actos de cultivo de cannabis, que en ningún caso estarán exentos del riesgos de investigación, criminalización y castigo. Con penas privativas de libertad y/o sanciones administrativas cuya cuantía dependerá del valor del cannabis incautado. Según e l Plan Nacional sobre Drogas, el precio de la marihuana esta 4,58€ gr, Que traducido seria que la incautación de un cultivo de Cannabis con una producción de 3Kg, en casos generales (sin agravación ni atenuación) podría comportar una multa de 13.740€ a 41.220€. En realidad el reconocimiento de que el cultivo para propio consumo no es un delito no resuelve el problema pues no existe en nuestro ordenamiento jurídico ninguna norma que establezca cuáles son sus límites, de modo que es algo que decidirá el juez en cada caso concreto a la vista de las circunstancias.
La regulación del Cannabis está avanzado a buen ritmo en España, #ProtocoloMaria surge hoy en las redes sociales para recordar que si las personas cultivadoras no nos sentimos incluidos en la nueva regulación, seguiremos desobedeciéndola. La producción personal debe abastecer al usuario/a para los 365 días del año, con un consumo máximo de 10 gr/día, el acto de cultivo para autoabastecimiento, no precisa de ningún tipo de autorización previa, pues está en la esfera privada del individuo. El derecho a la inviolabilidad del domicilio es un derecho fundamental, inherente al ser humano en razón a su dignidad, regulado en la Constitución Española de 1978, ejerciéndose como pilar básico para el respeto institucional de los derechos de la personalidad en una sociedad plural, garantizando la eficacia de los derechos fundamentales constitucionalmente consagrados. El camino de la regulación de autocultivo no debe dejar que el Gobierno controle nuestra privacidad o que grandes empresas tengan el monolito del cultivo. El Autocultivo, es la vía para democratizar el acceso al Cannabis, realizando un ejercicio legítimo que no causa daño a terceros ni lesiona efectiva o potencialmente a la salud Publica.
Solicitamos un protocolo de intervención, que finalice con los allanamientos injustificados por presunto microtráfico de Cannabis, un protocoló que contemplé no destruir las plantas hasta que se determine a nivel judicial un veredicto. El fin de las intervenciones policiales, y la resolución absolutoria de las causas judiciales abiertas a las personas Cultivadoras que se ven criminalizadas por realizar un acto de libertad. Parece abrirse un proceso fundamental a nivel parlamentario, tanto en el Congreso como en el Senado, que debería culminar en una reforma legislativa e integral del cannabis en España, que permita acabar con la criminalización y indefensión en que llevamos tanto tiempo sometido, tanto el gran colectivo formado por personas cultivadoras y usuarias de cannabis españoles.
Plataforma Unidas por la regulación del Cannabis (UCANN )