Proposición no de ley presentada por Unidos podemos,para su debate en la Comisión Mixta para el Estudio del Problema de las Drogas

A la mesa del congreso de los diputados
Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Confederal UNIDOS PODEMOS-EN COMÚ PODEM-EN MAREA presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate en la Comisión Mixta para el Estudio del Problema de las Drogas, con el objetivo de iniciar el debate sobre la regulación y control del cannabis en una Ponencia de Estudio constituida al efecto, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
Exposición de motivos
El marco internacional de fiscalización de drogas que nos vincula (Convención Única de 1961, sobre Estupefacientes, Convenio de 1971 sobre Sustancias Psicotrópicas y Convención de 1988, contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas) ha sido objeto de una reinterpretación en la reciente Sesión Especial de la Asamblea General de Naciones Unidas sobre el Problema de las Drogas en el Mundo, (UNGASS, por sus siglas en inglés), celebrada en Nueva York en abril de 2016. Así se deduce del Documento de resultados aprobado bajo el título “Nuestro compromiso conjunto de abordar y contrarrestar eficazmente el problema mundial de las drogas” que plantea la admisión de interpretaciones flexibles de los Tratados y de soluciones nacionales distintas para hacer frente al problema de las drogas. Especial atención debe prestarse al Documento citado cuando afirma que los tres Tratados:
“ofrecen a los Estados partes suficiente flexibilidad para formular y aplicar políticas nacionales en materia de drogas con arreglo a sus prioridades y necesidades”
Prueba de este nuevo enfoque, alejado del antiguo “consenso de Viena”, es que en la UNGASS no ha habido condena para los Estados que, globalmente –Uruguay- o en alguno de sus territorios –Alaska, Oregón, Washington y Colorado-, regulan el ciclo completo del cannabis recreativo, desde la producción, hasta el consumo, pasando por la dispensación en farmacias, establecimientos comerciales, asociaciones de consumidores o a través del autocultivo. Como es sabido, el 8 de noviembre de este año, coincidiendo con las elecciones presidenciales de Estados Unidos de América, otros cuatro Estados -California, Massachusetts, Maine y Nevada- han aprobado en referéndum la regulación del ciclo completo de la sustancia. Por otro lado, no puede olvidarse que en más de treinta Estados está regulado el cannabis medicinal y que en otros países  (Chile, Colombia,  Puerto Rico, Alemania) también es legal el acceso por razones medicinales.
Además, Canadá regulará el acceso al cannabis recreativo en 2017, limitándolo en los casos que requieren protección frente a la sustancia –menores- y evitando que los beneficios de su tráfico vayan a los narcotraficantes.
La situación en España hoy es compleja y produce inseguridad jurídica. Años atrás se había encontrado una respuesta para el cannabis que evitaba el mercado negro, garantizando un cierto control en el acceso y en la calidad de la sustancia. El consumo nunca fue delito y determinadas formas de abastecimiento y consumo colectivos eran toleradas por la Jurisprudencia menor que, con carácter general, extendía la construcción del “consumo compartido” no delictivo a las actividades que se desarrollaban en los Clubes Sociales Cannábicos. Las asociaciones de usuarios han funcionado durante 15 años, sin una normativa administrativa específica, mediante sistemas de  auto-regulación que no han  planteado, hasta hace unos meses, grandes fricciones con la ley. Aunque hubo intervenciones policiales y se abrieron causas penales, en la mayoría de los casos, no se siguieron condenas por delito de tráfico de drogas. Pero esta situación no ha garantizado la seguridad jurídica; además se han dado casos de desviaciones hacia prácticas comerciales que, en ninguna de las interpretaciones posibles, pueden conciliarse con la ley.
Hace tres años la estrategia de la Fiscalía General del Estado se modificó con la Instrucción 2/2013. Con ella se ordenaba a todos los fiscales acusar en el caso de las Asociaciones de producción y consumo de cannabis por delito de tráfico de drogas y por delito de asociación ilícita o de integración en grupo organizado. Esto suponía una petición de pena mayor a la del solo delito de tráfico de drogas y, con ello, la posibilidad de llegar al Tribunal Supremo.
Recientes distintas Sentencias del Tribunal Supremo han condenado a dirigentes o socios de Clubes por delito de tráfico de drogas. Han establecido que,  con carácter general,  las actividades de producción y distribución de cannabis que se realizan en estas asociaciones son delictivas. Se admiten que algunas  asociaciones podrían no incurrir en  delito, pero no se especifica cuáles son los criterios para que puedan actuar conforme a la ley. Y no se hace porque para el Alto Tribunal la única solución para dar una respuesta no criminalizadora a estas asociaciones es una modificación de la legalidad que permita su actuación conforme a derecho. Es decir, se sitúa la solución en el ámbito parlamentario. En este sentido puede leerse en la Sentencia del Tribunal Supremo 484/2015, de 7 de septiembre, que se reconoce la existencia del debate sobre la regulación del cannabis, pero que no puede residenciarse tal debate en los Tribunales de Justicia:
“ese debate no encuentra su escenario más adecuado de desarrollo en los tribunales de justicia llamados a aplicar la legislación vigente todas las herramientas interpretativas que proporciona el ordenamiento y que se revelan especialmente necesarias en relación a tipos legales como el que hemos de examinar ahora de contornos y perfiles poco nítidos, casi desbocados…”.
Por otro lado, no puede olvidarse que el acceso al cannabis en condiciones de salubridad debería ser posible no solo a través de asociaciones de consumidores, sino por otras vías, como ya ocurre en otros lugares, por lo que deberían estudiarse los sistemas de suministro en comercios especializados o en farmacias, sin olvidar la conveniencia de regular el autocultivo. Cierto es que el autocultivo destinado a satisfacer el consumo propio no es delictivo en España, pero no está reglamentado; además, la entrada en vigor de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo de protección de la seguridad ciudadana, ha causado inseguridad dada la amplitud de conductas que considera sancionables.
Todo lo anterior contrasta con la evolución que puede observarse en la sociedad española y la percepción que tiene de los riesgos ligados al consumo del cannabis. Además, debe recordase que en España existe una creciente infraestructura legal relacionada con el cannabis (1500 Grow Shops, 10 distribuidoras y 5 Ferias), lo que choca con el sistema penal y sancionador aplicable a la sustancia.
No puede desconocerse que dentro del territorio español existen Parlamentos que, o han aprobados leyes de regulación (es el caso del Parlamento Navarro, cuya Ley Foral 24/2014, de 2 de diciembre, reguladora de los colectivos de usuarios de cannabis en Navarra, está pendiente de un recurso de inconstitucionalidad), o se han aprobado leyes que aunque no regulan específicamente, reconocen la existencia de los Clubes Sociales de Cannabis (es el caso del Parlamento Vasco cuya Ley 1/2016, de 7 de abril, de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias, está pendiente de un recurso de inconstitucionalidad) o están debatiendo iniciativas legislativas populares (así, en el Parlamento catalán se estudia una Proposición de Ley de las asociaciones de personas consumidoras de cannabis -202-00090/10-), o han tenido una intensa actividad sobre el particular; en este sentido puede destacarse que la Comisión de Salud y Consumo del  Parlamento vasco aprobó el 25 de abril de 2016 la Proposición no de Ley 41/2016, sobre clubes sociales cannábicos (Nº de expediente 19/11/02/01/0891), instándose:
“a las Cortes españolas, al Gobierno del Estado y a la Administración de Justicia a efectuar avances sólidos, tanto en una regulación como en una interpretación jurídica consistentes, que permitan progresar de un modo decidido, al igual que otros países lo están haciendo, por la senda de regular el consumo del cannabis, siempre desde la perspectiva de que se trata de un producto que conlleva riesgos para la salud”.
Por otro lado, no pueden olvidarse las Proposiciones no de Ley 161/002926, sobre la adopción de medidas necesarias para despenalizar los derivados del cannabis (2014), 161/003127, sobre la total despenalización del consumo y la tenencia de cannabis y creación de una Ponencia para el Estudio del Problema de la Droga en aras a analizar la regulación del cannabis y sus derivados en España (2014) y 161/00545, sobre la regulación integral del cultivo, tenencia y consumo de cannabis en el Estado español.
Para finalizar, cabe destacar el significativo número de propuestas y proposiciones legislativas que se han presentado en el Congreso durante estas primeras semanas del año 2017. A principios de febrero, el grupo parlamentario de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) presentaba una proposición no de ley, en la mesa del Congreso, en la que instaba al Gobierno a realizar “una regulación integral del cultivo, tenencia en vía pública y consumo de cannabis”. Por su parte, el grupo parlamentario de Ciudadanos presentaba, el pasado 20 de febrero, otra proposición en la que solicitaba la regulación del uso medicinal de los productos derivados del cannabis, para su debate en el Pleno del Congreso, la Comisión Mixta para el Estudio de las Drogas y la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales. A estas dos propuestas debemos sumarle la Iniciativa Legislativa Popular presentada en el Congreso de los Diputados, el pasado mes de diciembre, por el partido político Representación Cannábica Navarra (RCN), por medio de la cual se pretende conseguir medio millón de firmas para impulsar un cambio legislativo a nivel nacional, iniciativa que ya ha sido admitida a trámite por el Congreso de los Diputados.
En conclusión el fenómeno del consumo de cannabis requiere de una profunda reflexión que pueda contar con todos los actores implicados, en este sentido la propuesta de una mesa de estudio, es la mejor herramienta para abordar esta discusión con las máximas garantías de unas conclusiones objetivas científicas, que permitan abordar todas las iniciativas políticas surgidas al inicio del año para una reconfiguración consensuada de la actual regulación, hacia una más coherente y eficaz para con la sociedad y el estado de derecho actual.
Es por todo lo anterior ello, que el Grupo Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente:
Proposición no de ley
La Comisión Mixta para el Estudio del Problema de las Drogas acuerda la creación en el seno de dicha Comisión de una Ponencia de Estudio sobre el cannabis y su posible regulación en el nuevo contexto nacional e internacional, desde planteamientos respetuosos con los derechos humanos, la evidencia científica, la realidad social, la salud individual y colectiva y la necesaria protección de los colectivos vulnerables.
 
 
Congreso de los Diputados, 17 de marzo de 2017