Llei de les associacions de cànnabis

La Ley de Asociaciones de Cataluña se ha publicado en el Butlletí Oficial del Parlament de Cataluña. Entrará en vigor cuando se publique también en el Diari Oficial del Parlament de Cataluña.
Hay que tener en cuenta algunos puntos importantes:

  • Los socios de 18-21 años pueden retirar 20gr mensuales. Los mayores de 21 años un máximo de 60gr. Al mes.
  • En las asociaciones no se puede consumir otras drogas no institucionalizadas, ni alcohol, ni productos alimentarios que contengan cannabis.
  • Las asociaciones tienen que inscribirse en el Registro en la clasificación fundacional específica para ello.
  • La persona que avala debe tener una antigüedad de más de un mes y puede avalar un máximo de 15 personas por año.
  • Las obligaciones documentales de las asociaciones son muy detalladas y se encuentran en el libro de registro de asociados y el libro de registro de autoabastecimiento.
  • El cultivo y Transporte tienen unos requisitos específicos a tener en cuenta.

Autor de texto Casa Paraula