El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado el recurso interpuesto por el Estado contra la ordenanza municipal de Donostia que regula la ubicación de los clubes de cannabis, al entender que no vulnera competencias estatales.
El fallo del alto tribunal favorable al Ayuntamiento donostiarra ha sido difundido y valorado hoy por el alcalde, Eneko Goia, quien ha dicho que supone que la normativa local “es conforme a Derecho” y que el consistorio “tiene potestad de ordenar o regular los usos y actividades de los clubes de cannabis en la ciudad”.
La sentencia emitida por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJPV desestima el recurso del Abogado del Estado que impugnaba la ordenanza municipal reguladora de la ubicación de los clubes sociales de cannabis, aprobada por unanimidad en un pleno en octubre de 2014.
Todos los grupos políticos apoyaron esta normativa, incluido el PP, cuyo portavoz entonces, Ramón Gómez, llegó a pedir al Gobierno que no recurriera esta normativa porque era de “carácter urbanístico”, y no sanitario o relativa al consumo de la sustancia.
El fallo, que impone las costas del procedimiento a la Administración central, rechaza los argumentos del Abogado del Estado que sostenía que la ordenanza era “nula de pleno Derecho” por “vulnerar el principio de jerarquía normativa y las competencias atribuidas al Estado” en materia de “legislación sobre productos farmacéuticos o subsidiariamente sobre bases y coordinación general de la sanidad”.
El Ayuntamiento de San Sebastián defendía por el contrario su normativa porque, según señala el texto judicial, “no regula, ni legaliza los clubes sociales de cannabis, ni tampoco el cultivo, la comercialización, importación y exportación, distribución o consumo de dicha sustancia; sino la ubicación de esos clubes y las condiciones que deben cumplir los locales en los que se realiza el ejercicio de su actividad“.
El TSJPV circunscribe la ordenanza a las “competencias municipales en materia de urbanismo y medio ambiente urbano”, pues, según recuerda, regula la exigencia de licencia para la apertura e un local con destino a club social de cannabis.
Entre otras cuestiones, la regulación asimila dicha utilización al “uso recreativo terciario” y establece criterios de emplazamiento y distancias, así como los horarios, entre otras condiciones del ejercicio de la actividad.
El alcalde ha recordado que San Sebastián “fue pionera” en 2014 y “referente” para otros municipios y ha subrayado que, como “primera sentencia favorable” sobre este asunto, “abre un camino” a otras ciudades, entre las que ha citado a Barcelona.
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